Artículo 4
Protección a la familia. Promoción del matrimonio
La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad.
La forma del matrimonio y las causas de separación y de disolución son reguladas por la ley.
Términos del diccionario que citan este artículo
Laboral y Seguridad SocialEstabilidad laboralGarantía del trabajador de conservar su empleo mientras no exista causa justa de extinción prevista en la ley.FamiliaFamilia ensambladaEstructura familiar originada en el matrimonio o la unión de hecho de una pareja en la que uno o ambos integrantes tienen hijos de una relación anterior, de modo que conviven padrastros,…FamiliaInterés superior del niñoPrincipio rector, reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño y en el Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, que obliga al Estado y a la sociedad a…Laboral y Seguridad SocialJornada atípica acumulativaJornada de trabajo organizada en ciclos o periodos que alternan días de labor continua con días de descanso, en los que la jornada diaria puede superar las ocho horas siempre que el…FamiliaMatrimonioUnión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella, formalizada con sujeción a las disposiciones del Código Civil, a fin de hacer vida común.