Artículo 14-A
JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
El Estado garantiza, a través de la inversión pública o privada, el acceso a internet libre en todo el territorio nacional, con especial énfasis en las zonas rurales, comunidades campesinas y nativas”.(*)
Historial y notas
1 nota
- Artículo incorporado por el Artículo 2 de la Ley Nº 31878, publicada el 23 septiembre 2023.