Sociedad anónima abierta
También: S.A.A. · SAA
Modalidad de sociedad anónima de accionariado difundido, que se configura cuando la sociedad ha hecho oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles, tiene más de 750 accionistas, más del 35 % de su capital pertenece a 175 o más accionistas, se constituye como tal o sus accionistas aprueban por unanimidad la adaptación. Debe inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores, está sujeta a la supervisión de la SMV, no puede restringir la libre transmisibilidad de las acciones y tiene reglas propias de quórum, convocatoria y auditoría externa obligatoria.
Ejemplo
Una empresa de alimentos que cotiza en la Bolsa de Valores de Lima y cuenta con más de mil accionistas debe adaptarse al régimen de sociedad anónima abierta.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 16/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
Términos vinculados
Mencionados en esta definición
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