NormaDiccionario y normas del Perú

Sociedad anónima abierta

También: S.A.A. · SAA

Modalidad de sociedad anónima de accionariado difundido, que se configura cuando la sociedad ha hecho oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles, tiene más de 750 accionistas, más del 35 % de su capital pertenece a 175 o más accionistas, se constituye como tal o sus accionistas aprueban por unanimidad la adaptación. Debe inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores, está sujeta a la supervisión de la SMV, no puede restringir la libre transmisibilidad de las acciones y tiene reglas propias de quórum, convocatoria y auditoría externa obligatoria.

Compartir por WhatsApp Al azar

Ejemplo

Una empresa de alimentos que cotiza en la Bolsa de Valores de Lima y cuenta con más de mil accionistas debe adaptarse al régimen de sociedad anónima abierta.

Base legal

Ley General de Sociedades 26887, arts. 249 a 264

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 16/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

Términos vinculados

Mencionados en esta definición

¿Necesitas un abogado en Comercial y Societario?

Estos casos los lleva ARFASA Abogados, el estudio de San Isidro (Lima) del que Paul Arroyo es socio fundador.

¿Estudias o ejerces derecho? En Legaldemy hay cursos gratuitos para abogados y estudiantes del Perú, con clases cortas dictadas por abogados que ejercen.