Sociedad comercial de responsabilidad limitada
También: S.R.L. · SRL · Sociedad de responsabilidad limitada
Sociedad cuyo capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden incorporarse en títulos valores ni denominarse acciones. No puede tener más de veinte socios, quienes no responden personalmente por las obligaciones sociales. Su administración corresponde a uno o más gerentes, la transferencia de participaciones exige escritura pública e inscripción registral, y los socios gozan de derecho de adquisición preferente.
Ejemplo
Una familia constituye una S.R.L. para su ferretería; cuando uno de los socios quiere vender su participación, debe ofrecerla primero a los demás socios.
Base legal
Ley General de Sociedades 26887, arts. 283 a 294
Art. 283 · Ley General de Sociedades · Definición y responsabilidadArt. 284 · Ley General de Sociedades · DenominaciónArt. 285 · Ley General de Sociedades · Capital socialArt. 286 · Ley General de Sociedades · Formación de la voluntad socialArt. 287 · Ley General de Sociedades · Administración: gerentesArt. 288 · Ley General de Sociedades · Responsabilidad de los gerentesArt. 289 · Ley General de Sociedades · Caducidad de la responsabilidadArt. 290 · Ley General de Sociedades · Transmisión de las participaciones por…
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
Términos vinculados
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