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Principio de irrenunciabilidad de derechos laborales

También: Irrenunciabilidad de derechos

Principio constitucional según el cual el trabajador no puede renunciar válidamente a los derechos reconocidos por la Constitución y la ley, de modo que todo acto de disposición en ese sentido es nulo. Protege al trabajador frente a su propia debilidad negocial durante la relación laboral y explica por qué las transacciones y convenios que reducen derechos de origen legal carecen de efecto. No alcanza a los derechos de origen convencional ni a los que la ley expresamente permite disponer.

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Ejemplo

La cláusula del contrato por la que el trabajador «renunciaba» a percibir gratificaciones fue declarada nula por vulnerar la irrenunciabilidad de derechos laborales.

Base legal

Constitución Política, art. 26, inc. 2

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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