NormaDiccionario y normas del Perú

Parte notarial

También: Parte para inscripción

Traslado instrumental que contiene la transcripción íntegra de un instrumento público protocolar, con la fe del notario sobre su identidad con la matriz, expedido específicamente para su presentación e inscripción en los Registros Públicos. Se expide con sello y firma del notario y, actualmente, se remite de forma electrónica a Sunarp mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), lo que permite la calificación e inscripción del título sin desplazamiento físico. La presentación del parte por el notario o su dependiente acreditado forma parte de las medidas de seguridad contra la suplantación y la falsificación de instrumentos.

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Ejemplo

Firmada la escritura pública de compraventa, la notaría envió el parte notarial electrónico al Registro de Predios de Lima y, tras la calificación registral, la compradora quedó inscrita como nueva propietaria.

Base legal

Decreto Legislativo 1049, arts. 84 y 85Consultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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