Lavado de activos
También: Blanqueo de capitales · Lavado de dinero
Conjunto de delitos regulados en el Decreto Legislativo 1106 que sancionan a quien convierte, transfiere, adquiere, guarda, administra, custodia, oculta, posee o transporta dinero, bienes, efectos o ganancias de origen ilícito, con la finalidad de evitar la identificación de su origen, su incautación o decomiso. Es un delito autónomo: para investigarlo, procesarlo y sancionarlo no se requiere que las actividades criminales previas estén sometidas a proceso ni sentenciadas, aunque la Sentencia Plenaria Casatoria 1-2017/CIJ-433 exige un estándar probatorio progresivo sobre el origen delictivo. La pena base es de ocho a quince años, agravada según la calidad del agente o el monto, y las modalidades más leves y culposas tienen penas menores.
Ejemplo
Un funcionario aduanero adquirió tres inmuebles y varios vehículos a nombre de familiares sin ingresos que justificaran esas compras; la fiscalía especializada lo investigó por lavado de activos con origen en cohecho.
Base legal
Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.
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