Lesiones culposas
También: Lesiones imprudentes
Delito que sanciona a quien, por infracción del deber de cuidado, causa a otro un daño en el cuerpo o en la salud. Si las lesiones son leves, la pena no supera el año y se acompaña de días multa; si son graves, la pena es de uno a dos años, y se agrava, con inhabilitación, cuando el agente conduce en estado de ebriedad o bajo efecto de drogas, o inobserva reglas de profesión, ocupación o industria. La acción penal por lesiones culposas leves es privada.
Ejemplo
Un motociclista que invadió el carril contrario chocó con un ciclista y le fracturó una pierna; al no existir intención, fue procesado por lesiones culposas graves.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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