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Drawback

También: Restitución de derechos arancelarios · Restitución simplificada

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Régimen aduanero de perfeccionamiento que permite, como consecuencia de la exportación definitiva de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos arancelarios que hayan gravado la importación de las materias primas, insumos, productos intermedios y partes o piezas incorporados o consumidos en la producción del bien exportado. En el Perú opera como un procedimiento simplificado que restituye un porcentaje del valor FOB exportado (3 % desde 2019), sujeto a que el costo de producción no haya sido afectado en más de 50 % por insumos importados y a topes anuales por partida arancelaria. La solicitud se presenta electrónicamente ante SUNAT dentro del plazo legal desde la exportación.

Ejemplo

Una agroexportadora de Ica que importó fertilizantes y envases pagando aranceles solicitó el drawback y recibió el 3 % del valor FOB de sus exportaciones de uva.

Base legal

Ley General de Aduanas, D.Leg. 1053, arts. 82 y 83; Reglamento de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios, D.S. 104-95-EFConsultar la norma ↗

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