NormaDiccionario y normas del Perú

Administradora de Fondos de Pensiones

También: AFP

Sociedad anónima de objeto exclusivo que administra los fondos de pensiones de sus afiliados en cuentas individuales de capitalización dentro del Sistema Privado de Pensiones, invirtiéndolos en los instrumentos autorizados y otorgando las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. Cobra una comisión por la administración y es supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Los nuevos afiliados se incorporan a la AFP que gana la licitación por menor comisión, y el afiliado puede traspasarse a otra AFP.

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Ejemplo

El trabajador revisó el estado de cuenta de su AFP y verificó que su empleador había declarado pero no pagado los aportes de tres meses, por lo que la AFP inició la cobranza judicial.

Base legal

TUO de la Ley del Sistema Privado de Pensiones, D.S. 054-97-EF; Reglamento, D.S. 004-98-EFConsultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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