NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 301

Bienes de la sociedad de gananciales

Compartir por WhatsApp

En el régimen de sociedad de gananciales puede haber bienes propios de cada cónyuge y bienes de la sociedad.

Conceptos del diccionario en este artículo

Términos del diccionario que citan este artículo