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Silencio administrativo positivo

También: SAP · Aprobación ficta

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Efecto legal por el cual, vencido el plazo para resolver un procedimiento de evaluación previa sin pronunciamiento de la entidad, la solicitud del administrado se considera aprobada. Es la regla general en los procedimientos de evaluación previa y opera de pleno derecho, sin necesidad de declaración expresa; el administrado puede presentar una declaración jurada ante la propia entidad para acreditarlo. El acto ficto tiene carácter de resolución que pone fin al procedimiento y solo puede ser dejado sin efecto mediante nulidad de oficio si no cumplía los requisitos legales.

Ejemplo

Pasados treinta días hábiles sin que la municipalidad se pronuncie sobre el certificado de compatibilidad de uso, el administrado invocó el silencio positivo y obtuvo el certificado por aprobación ficta.

Base legal

TUO de la Ley 27444 (D.S. 004-2019-JUS), arts. 35, 37 y 199Consultar la norma ↗

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