Procedimiento administrativo disciplinario
También: PAD · Procedimiento disciplinario
Procedimiento regulado por la Ley del Servicio Civil y su reglamento, aplicable a los servidores de los regímenes 276, 728, CAS y 30057, mediante el cual la entidad determina la comisión de una falta disciplinaria e impone las sanciones de amonestación verbal o escrita, suspensión sin goce de remuneraciones hasta por doce meses o destitución. Se estructura en una fase instructiva (a cargo del órgano instructor, que notifica los cargos y otorga cinco días hábiles para descargos) y una fase sancionadora (a cargo del órgano sancionador, que resuelve previo informe); la sanción es apelable ante el Tribunal del Servicio Civil. La facultad de iniciar el PAD prescribe a los tres años de cometida la falta o a un año desde que la oficina de recursos humanos toma conocimiento, y el procedimiento no puede durar más de un año desde su inicio.
Ejemplo
La secretaría técnica de la entidad precalificó la denuncia por inasistencias injustificadas, el jefe inmediato inició el PAD como órgano instructor y el jefe de recursos humanos impuso la suspensión de treinta días.
Base legal
Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.
Términos vinculados
Mencionados en esta definición
Otros términos que citan a este
Conceptos relacionados aún sin entrada
El diccionario está vivo: estos conceptos se irán incorporando. .