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Iura novit curia

También: El juez conoce el derecho

Principio según el cual el juez conoce el derecho y tiene la obligación de aplicar la norma jurídica pertinente aunque no haya sido invocada en la demanda o lo haya sido erróneamente. No permite al juez alterar los hechos alegados ni el petitorio, pues ello vulneraría el principio de congruencia. Está recogido tanto en el Código Civil como en el Código Procesal Civil.

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Ejemplo

Aunque el demandante fundó su pretensión en normas sobre compraventa, el juez, aplicando iura novit curia, resolvió con base en las reglas de la permuta, que era el contrato realmente celebrado.

Base legal

Código Civil, Título Preliminar, art. VII; Código Procesal Civil, Título Preliminar, art. VII

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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