Fin lícito
También: Causa lícita · Finalidad lícita
Requisito de validez del acto jurídico consistente en que la finalidad perseguida por las partes sea conforme al ordenamiento, al orden público y a las buenas costumbres. El Código Civil peruano adoptó la expresión fin lícito en lugar de causa, y la doctrina lo identifica con la causa entendida como función práctica y motivo determinante del acto. El acto cuyo fin es ilícito es nulo.
Ejemplo
Se declaró nulo por fin ilícito el contrato de mutuo cuyo verdadero propósito, acreditado en el proceso, era financiar el pago de una coima a un funcionario.
Base legal
Código Civil, arts. 140 inc. 3 y 219 inc. 4
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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