Diccionario Jurídico VivoPerú · por Paul Arroyo · más herramientas

Dividendo

También: Reparto de utilidades

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Parte de las utilidades de la sociedad que la junta general acuerda distribuir entre los accionistas en proporción a sus acciones y al capital pagado. Solo puede repartirse sobre utilidades obtenidas o reservas de libre disposición y siempre que el patrimonio neto no sea inferior al capital pagado. Es obligatoria la distribución de al menos la mitad de la utilidad distribuible del ejercicio si lo piden accionistas que representen el 20 % de las acciones con voto, y el derecho a cobrar los dividendos caduca a los tres años (diez en la S.A.A.).

Ejemplo

La junta acuerda un dividendo de S/ 0,50 por acción; el accionista con 10 000 acciones cobra S/ 5 000 en la fecha fijada.

Base legal

Ley General de Sociedades 26887, arts. 40 y 230 a 232Consultar la norma ↗

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