Directorio
También: Consejo de administración
Órgano colegiado de administración de la sociedad anónima, elegido por la junta general, integrado por no menos de tres directores que no requieren ser accionistas y cuyo mandato dura de uno a tres años. Tiene las facultades de gestión y representación necesarias para la administración de la sociedad dentro de su objeto, sesiona con quórum de la mitad más uno de sus miembros y adopta acuerdos por mayoría absoluta de votos. Sus miembros deben actuar con la diligencia de un ordenado comerciante y de un representante leal. Es facultativo en la sociedad anónima cerrada.
Ejemplo
El directorio de cinco miembros aprueba la compra de una planta industrial y designa al gerente general encargado de ejecutar la operación.
Base legal
Ley General de Sociedades 26887, arts. 153 a 174Consultar la norma ↗
Términos vinculados
Comercial y SocietarioJunta general de accionistasÓrgano supremo de la sociedad anónima, formado por los accionistas debidamente convocados y con el quórum correspondiente, que decide por mayoría los asuntos de su competencia.Comercial y SocietarioGerencia generalÓrgano ejecutivo de la sociedad, a cargo de uno o más gerentes designados por el directorio salvo que el estatuto reserve esa facultad a la junta general; su nombramiento es por tiempo…Comercial y SocietarioResponsabilidad de los directoresResponsabilidad ilimitada y solidaria de los directores ante la sociedad, los accionistas y los terceros por los daños y perjuicios que causen por acuerdos o actos contrarios a la ley o…Comercial y SocietarioQuórumPorcentaje mínimo de acciones suscritas con derecho a voto que debe estar representado para que la junta general o el directorio queden válidamente instalados.
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