Compraventa ad corpus
También: Venta ad corpus · Venta como cuerpo cierto
Compraventa en la que el precio se fija por el bien en su conjunto y no según su extensión, aunque el contrato mencione el área. En principio el comprador paga el precio total aunque la extensión real sea distinta; sin embargo, si se indicó el área y la real difiere en más de una décima parte, el precio se reduce o aumenta en proporción.
Ejemplo
La casa se vendió como un todo por S/ 480,000, con 160 m² según el contrato; el plano posterior arrojó 140 m² y, como la diferencia superaba el décimo, el comprador obtuvo una rebaja proporcional.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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