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Competencia administrativa

Conjunto de atribuciones y facultades que el ordenamiento asigna a cada entidad u órgano administrativo para actuar válidamente, determinada en razón de la materia, el territorio, el grado, el tiempo y la cuantía. Es irrenunciable e improrrogable, se ejerce por los órganos que la tienen atribuida como propia, y solo puede transferirse mediante delegación, avocación, encargo de gestión o suplencia en los casos previstos por ley. La actuación de un órgano incompetente vicia de nulidad el acto administrativo, salvo que el vicio sea de competencia por razón del grado o territorio y el superior lo convalide.

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Ejemplo

La gerencia de desarrollo urbano no podía imponer una multa de tránsito, materia atribuida a la gerencia de transporte; la resolución fue declarada nula por incompetencia.

Base legal

TUO de la Ley 27444 (D.S. 006-2026-JUS), arts. 61 a 71

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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