NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 61

Fuente de competencia administrativa

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61.1 La competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se derivan.

61.2 Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia.

Historial y notas

1 nota
  • Texto según el artículo 61 de la Ley Nº 27444

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