NormaDiccionario y normas del Perú

Cesión de derechos

También: Cesión de créditos

Acto de disposición mediante el cual el acreedor (cedente) transmite a un tercero (cesionario) el derecho a exigir la prestación a cargo de su deudor (cedido). No requiere el asentimiento del deudor, pero sí que le sea comunicada fehacientemente para que surta efectos contra él.

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Ejemplo

Una empresa constructora cede a un banco su derecho a cobrar las facturas emitidas a un cliente para obtener liquidez inmediata.

Base legal

Código Civil, art. 1206

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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