Artículo 333
EXCEPCION A LOS PLAZOS INDICADOS EN EL ARTICULO 332
No están incluidos en los plazos referidos en el artículo anterior, aquellos casos regulados por leyes específicas nacionales o convenios internacionales, los que así se estipule en la respectiva póliza tales como las indemnizaciones por siniestros ocasionados exclusivamente por robo o hurto de automóviles, aquellos donde se haya iniciado un proceso arbitral, y aquellos donde se haya iniciado un proceso judicial en que no sea parte la compañía de seguros.
Historial y notas
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- Mediante el Oficio N° 27697-2024-SBS de fecha 06 de mayo de 2024, el Superintendente Adjunto de Asesoría Jurídica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP remite el Oficio N° 21372-2018-SBS, en donde se indica que el presente artículo estaría derogado tácitamente, en virtud de que el artículo 332 de la presente norma, regulaba los plazos aplicables a los procedimientos de liquidación de siniestros y pago de inmunización, mientras que el presente artículo señalaba los casos en que procedía la excepción de dichos plazos. Ambos artículos eran aplicados tomando en consideración que no existía una norma específica sobre el contrato de seguro que regule los plazos aplicables a los procedimientos de liquidación de siniestros y pago de indemnización. No obstante, los citados plazos ahora están regulados en el artículo 74 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS) y por tal motivo, la LCS derogó expresamente el artículo 332 y tácitamente el presente artículo, toda vez que este artículo regulaba excepciones a la aplicación del artículo 332. Adicionalmente a lo señalado, las excepciones que se disponen en el presente artículo no son compatibles con el criterio que incorporan las Disposiciones Generales de la LCS sobre aplicación preferente de las normas más favorables al consumidor. En consecuencia, ante la derogación expresa del artículo 332 de la Ley General y lo dispuesto en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final y Modificatoria de la LCS, el presente artículo está derogado tácitamente.(*)