Artículo 3
Derechos Constitucionales. Númerus Apertus
La enumeración de los derechos establecidos en este capítulo no excluye los demás que la Constitución garantiza, ni otros de naturaleza análoga o que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios de soberanía del pueblo, del Estado democrático de derecho y de la forma republicana de gobierno.
Términos del diccionario que citan este artículo
ConstitucionalDerechos fundamentalesDerechos inherentes a la persona reconocidos y garantizados por la Constitución, que vinculan a todos los poderes públicos y a los particulares.ConstitucionalDerechos no enumeradosDerechos fundamentales que, sin estar expresamente reconocidos en el texto constitucional, se derivan de la dignidad del hombre, de los principios de soberanía del pueblo, del Estado…ConstitucionalEstado constitucional de derechoModelo de organización política en el que el poder está sometido no solo a la ley sino a la Constitución, entendida como norma jurídica suprema que reconoce derechos fundamentales y los…FamiliaInterés superior del niñoPrincipio rector, reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño y en el Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, que obliga al Estado y a la sociedad a…ConstitucionalPrincipio de proporcionalidadCriterio de control de las intervenciones en los derechos fundamentales según el cual una medida restrictiva solo es constitucional si persigue un fin legítimo y supera tres subexámenes…ConstitucionalTratados sobre derechos humanosInstrumentos internacionales ratificados por el Perú que reconocen derechos de la persona, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los Pactos Internacionales de Derechos…