NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 171

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(239) PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA

La Administración Tributaria ejercerá su facultad de imponer sanciones de acuerdo con los principios de legalidad, tipicidad, non bis in idem, proporcionalidad, no concurrencia de infracciones, y otros principios aplicables.

Historial y notas

2 notas
  • Título sustituido por el Artículo 42 del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007.
  • Párrafo sustituido por el Artículo 42 del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007.