NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 164-A

Postulación del proceso de alimentos

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Artículo incorporado

Lo añadió el Artículo 3 de la Ley N° 31464, publicada el 4 mayo 2022.

La demanda de alimentos se presenta por escrito a través de la Mesa de Partes física o de manera virtual empleando la Mesa de Partes Electrónica. Alternativamente, la demanda puede ser presentada por medio de formularios físicos o electrónicos.

La parte demandante debe procurar especificar si la parte demandada es un trabajador dependiente o independiente, mencionando el nombre del lugar donde la parte demandada trabaja o ejerce sus labores. La no consignación de esta información no determina, en ningún caso, la inadmisibilidad o la improcedencia de la demanda.

Adicionalmente, en la demanda del proceso de alimentos se precisa facultativamente el correo electrónico y el número de teléfono celular tanto de la parte demandante como de la parte demandada."

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  • Artículo incorporado por el Artículo 3 de la Ley N° 31464, publicada el 04 mayo 2022.