Artículo 164-A
Postulación del proceso de alimentos
Lo añadió el Artículo 3 de la Ley N° 31464, publicada el 4 mayo 2022.
La demanda de alimentos se presenta por escrito a través de la Mesa de Partes física o de manera virtual empleando la Mesa de Partes Electrónica. Alternativamente, la demanda puede ser presentada por medio de formularios físicos o electrónicos.
La parte demandante debe procurar especificar si la parte demandada es un trabajador dependiente o independiente, mencionando el nombre del lugar donde la parte demandada trabaja o ejerce sus labores. La no consignación de esta información no determina, en ningún caso, la inadmisibilidad o la improcedencia de la demanda.
Adicionalmente, en la demanda del proceso de alimentos se precisa facultativamente el correo electrónico y el número de teléfono celular tanto de la parte demandante como de la parte demandada."
Historial y notas
1 nota
- Artículo incorporado por el Artículo 3 de la Ley N° 31464, publicada el 04 mayo 2022.