Artículo 889
Partes integrantes y accesorias
Las partes integrantes de un bien y sus accesorios siguen la condición de éste, salvo que la ley o el contrato permita su diferenciación o separación.
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Términos del diccionario que citan este artículo
Reales y RegistralBienToda cosa material o inmaterial susceptible de apropiación y de tener valor económico, que puede ser objeto de derechos reales.Reales y RegistralBienes accesoriosBienes que, sin perder su individualidad, están permanentemente afectados a un fin económico u ornamental respecto de otro bien principal (art.Reales y RegistralPartes integrantesElementos que no pueden separarse de un bien sin destruirlo, deteriorarlo o alterarlo, como las columnas de un edificio o el motor de un vehículo; no pueden ser objeto de derechos…