NormaDiccionario y normas del Perú

Recurso de apelación (penal)

También: Apelación penal

Medio impugnatorio ordinario por el que la parte agraviada solicita al órgano superior que revise, en los hechos y en el derecho, una sentencia o un auto, dentro de los límites de la pretensión impugnatoria. El plazo es de cinco días para sentencias y tres para autos interlocutorios, contados desde la notificación; debe fundamentarse por escrito con expresión de agravios. La Sala Penal Superior o el juzgado penal, según el caso, puede admitir nueva prueba en la audiencia de apelación, pero no puede otorgar diferente valor a la prueba personal actuada en primera instancia salvo que haya sido cuestionada por prueba actuada en segunda.

Compartir por WhatsApp Al azar

Ejemplo

La defensa apeló la sentencia condenatoria por indebida valoración del testimonio único de la agraviada, y la Sala Superior revocó el fallo y absolvió al acusado.

Base legal

Código Procesal Penal, arts. 413-414 y 416-426

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

Términos vinculados

Mencionados en esta definición

Otros términos que citan a este

Conceptos relacionados aún sin entrada

El diccionario está vivo: estos conceptos se irán incorporando. .