Estado de cosas inconstitucional

También: ECI

Técnica jurisprudencial, tomada de la Corte Constitucional colombiana y adoptada por el Tribunal Constitucional peruano en el caso Arellano Serquén, por la cual el TC declara que una situación de vulneración masiva y generalizada de derechos fundamentales, derivada de prácticas o de omisiones estructurales de una entidad pública, es inconstitucional, y extiende los efectos de la sentencia a todas las personas afectadas aunque no hayan sido parte del proceso. Impone a las autoridades responsables el deber de adoptar medidas correctivas en un plazo, bajo apercibimiento, y habilita a los afectados a exigir su cumplimiento sin necesidad de nuevo proceso. Se ha declarado, entre otros, en materia penitenciaria, de salud mental y de acceso a la información.

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Ejemplo

El TC declaró estado de cosas inconstitucional por el hacinamiento carcelario en la STC 05436-2014-PHC/TC y ordenó al Estado adoptar un plan para reducirlo bajo apercibimiento de cierre de penales.

Base legal

STC 2579-2003-HD/TC; STC 05436-2014-PHC/TCConsultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

Términos vinculados

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