Defensoría del Pueblo
También: Ombudsman
Organismo constitucional autónomo encargado de defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, y de supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos. Su titular, el Defensor del Pueblo, es elegido y removido por el Congreso con el voto de dos tercios del número legal de sus miembros, por cinco años, y goza de la misma inmunidad y prerrogativas que los congresistas. No tiene facultades coercitivas, pero puede iniciar procesos constitucionales, emitir informes y recomendaciones, y tiene iniciativa legislativa.
Ejemplo
La Defensoría del Pueblo interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra una ley que restringía el acceso de las personas con discapacidad a la educación superior.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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