NormaDiccionario y normas del Perú
ConstitucionalIntermedio

Contenido constitucionalmente protegido

También: Contenido esencial de los derechos fundamentales

Ámbito de un derecho fundamental que se deriva directamente de la Constitución y de los tratados de derechos humanos, y cuya afectación habilita la tutela mediante los procesos constitucionales. El Tribunal Constitucional, en el precedente Anicama, distinguió el contenido esencial, el contenido no esencial y el contenido adicional del derecho, precisando que solo las pretensiones referidas al contenido directamente protegido por la Constitución merecen amparo, mientras que las de origen legal deben ventilarse en la vía ordinaria. La demanda es improcedente si los hechos y el petitorio no están referidos a este contenido.

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Ejemplo

Un pensionista que reclama el reajuste de su pensión por encima del mínimo vital fue derivado a la vía contencioso-administrativa, porque su pretensión no afecta el contenido esencial del derecho a la pensión según el precedente Anicama.

Base legal

Nuevo Código Procesal Constitucional, Ley 31307, art. 7 inc. 1; STC 1417-2005-PA/TC

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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