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Consorcio

Contrato asociativo por el cual dos o más personas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su propia autonomía y sin dar lugar a una persona jurídica. Cada consorciado se vincula individualmente con terceros por las actividades que realiza, y la responsabilidad es solidaria solo si así se pacta o lo dispone la ley. Es la figura habitual para participar en las contrataciones con el Estado y en grandes obras.

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Ejemplo

Dos constructoras forman un consorcio para postular a la licitación de una carretera regional; en el contrato de consorcio fijan la participación de cada una al 50 % y designan un representante común.

Base legal

Ley General de Sociedades 26887, arts. 445 a 448; Ley 30225, art. 13

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 16/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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