Complicidad secundaria
También: Complicidad no necesaria · Cómplice secundario
Forma de participación de quien, de cualquier otro modo, contribuye dolosamente a la realización del hecho punible con un aporte no esencial, es decir, sin el cual el delito igualmente se habría cometido. El cómplice secundario es sancionado con pena disminuida prudencialmente respecto de la del autor. La complicidad es accesoria: solo es punible si el autor ha comenzado al menos la ejecución de un hecho típico y antijurídico.
Ejemplo
Quien presta su vehículo a un amigo sabiendo que lo usará para transportar mercadería robada, cuando el autor podía conseguir fácilmente otro medio, es cómplice secundario.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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