Artículo 2
Conclusión del procedimiento registral de inscripción
Texto sustituido
El texto vigente es el que fijó el Artículo 1 de la Resolución N° 00090-2025-SUNARP/SN. La redacción anterior está en «Historial y notas».
El procedimiento registral de inscripción concluye con:
a) La inscripción
b) La caducidad de la vigencia del asiento de presentación.
c) La aceptación del desistimiento total de la rogatoria.
Historial y notas
1 nota · 1 versión anterior
- Artículo modificado por el Artículo 1 de la Resolución N° 00090-2025-SUNARP/SN, publicada el 01 julio 2025. La citada resolución entró en vigencia el 01 de agosto del 2025, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Conclusión del procedimiento
El procedimiento registral termina con:
a) La inscripción;
b) La tacha por caducidad del plazo de vigencia del asiento de presentación;
c) La aceptación del desistimiento total de la rogatoria.