Artículo 776
Autorización judicial
El administrador judicial de bienes requiere autorización del Juez para celebrar los actos señalados en el Código Civil. Esta le será concedida oyendo al Consejo de Familia, cuando así lo disponga la ley.
Autorización judicial
El administrador judicial de bienes requiere autorización del Juez para celebrar los actos señalados en el Código Civil. Esta le será concedida oyendo al Consejo de Familia, cuando así lo disponga la ley.