Artículo 90
Servicio médico para mujeres y niños
90.1 En los Establecimientos Penitenciarios para mujeres o en los sectores destinados a ellas, existe un ambiente dotado de material de obstetricia y ginecología.
90.2 En los Establecimientos Especiales para madres con hijos, existe un ambiente y materiales necesarios para la atención infantil.
Historial y notas
1 nota
- Texto según el artículo 81 del Decreto Legislativo Nº 654