NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 35

Aislamiento no exonera de trabajo

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El interno sancionado con aislamiento no es exonerado del trabajo, siempre que le sea posible efectuarlo dentro del ambiente que ocupa. Se le permite tener material de lectura.

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1 nota
  • Texto según el artículo 32 del Decreto Legislativo Nº 654