Artículo 111
Colonias agrícolas, agropecuarias e industriales
La Administración Penitenciaria promueve la creación de colonias o pueblos agrícolas, agropecuarios e industriales en donde el interno y su familia desarrollan actividades laborales y de convivencia social.
Historial y notas
1 nota
- Texto según el artículo 101 del Decreto Legislativo Nº 654