NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 321

Bienes excluídos del menaje

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El menaje ordinario del hogar no comprende:

1.- Los vestidos y objetos de uso personal.

2.- El dinero.

3.- Los títulos valores y otros documentos de carácter patrimonial.

4.- Las joyas.

5.- Las medallas, condecoraciones, diplomas y otras distinciones.

6.- Las armas.

7.- Los instrumentos de uso profesional u ocupacional.

8.- Las colecciones científicas o artísticas.

9.- Los bienes culturales-históricos.

10.- Los libros, archivos y sus contenedores.

11.- Los vehículos motorizados.

12.- En general, los objetos que no son de uso doméstico.

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