NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 265

Matrimonio fuera del municipio o la notaría

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Texto sustituido

El texto vigente es el que fijó el Artículo 2 de la Ley Nº 31643, publicada el 15 diciembre 2022. La redacción anterior está en «Historial y notas».

El alcalde o el notario pueden, excepcionalmente, celebrar el matrimonio fuera del local de la municipalidad o de la notaría.

Historial y notas

1 nota · 1 versión anterior
  • Artículo modificado por el Artículo 2 de la Ley Nº 31643, publicada el 15 diciembre 2022, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Matrimonio fuera del local municipal

El alcalde puede, excepcionalmente, celebrar el matrimonio fuera del local de la municipalidad.

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