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Artículo 186

Fijación judicial del plazo para cumplimiento del cargo

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Si no hubiese plazo para la ejecución del cargo, éste debe cumplirse en el que el juez señale.

El procedimiento es el de menor cuantía.Modificado por la Primera Disposición Modificatoria del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil

La demanda se tramita como proceso sumarísimo.

Historial y notas

1 nota
  • Último párrafo sustituido por la Primera Disposición Modificatoria del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado por Resolución Ministerial Nº 010-93-JUS, publicada el 22 abril 1993, cuyo texto es el siguiente:

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