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ConstitucionalIntermedio

Medida cautelar en procesos constitucionales

También: Cautelar constitucional · Suspensión del acto reclamado

Tutela provisional que el juez puede conceder en los procesos de amparo, hábeas data y cumplimiento para suspender el acto violatorio o asegurar la eficacia de la sentencia, cuando concurren la apariencia del derecho, el peligro en la demora y la adecuación del pedido para garantizar la eficacia de la pretensión. Se dicta sin conocimiento de la contraparte y la apelación se concede sin efecto suspensivo, salvo el régimen especial para actos de gobiernos regionales y locales. Se extingue de pleno derecho cuando la resolución que concluye el proceso adquiere firmeza, y el juez debe cuidar que no anticipe irreversiblemente el resultado del proceso.

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Ejemplo

Un estudiante expulsado de la universidad a un mes de graduarse obtuvo una medida cautelar en el amparo que suspendió la sanción hasta la sentencia.

Base legal

Nuevo Código Procesal Constitucional, Ley 31307, Título IConsultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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