NormaDiccionario y normas del Perú

Estado de necesidad exculpante

También: Estado de necesidad disculpante

Causa de exclusión de la culpabilidad que ampara a quien, ante un peligro actual y no evitable de otro modo para la vida, la integridad corporal o la libertad, propias o de una persona con quien tiene estrecha vinculación, comete un hecho antijurídico para alejar ese peligro. No opera cuando al agente se le podía exigir aceptar o soportar el peligro por sus circunstancias, en especial si él mismo lo causó o está obligado por una relación jurídica particular. A diferencia del justificante, el hecho sigue siendo antijurídico y solo se excluye el reproche.

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Ejemplo

El náufrago que arrebata a otro la única tabla de salvación para no morir ahogado actúa en estado de necesidad exculpante, pues los bienes en conflicto son equivalentes.

Base legal

Código Penal, art. 20 inciso 5

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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