Convención probatoria
También: Estipulación probatoria · Acuerdo probatorio
Acuerdo entre el fiscal y las demás partes, celebrado en la etapa intermedia, por el que se dan por acreditados determinados hechos o circunstancias que no requerirán ser probados en juicio, o se conviene que ciertos hechos se probarán únicamente con determinados medios de prueba. El juez lo aprueba en el auto de enjuiciamiento si no resulta irrazonable, y vincula al juzgado de juicio, que solo puede apartarse de él mediante motivación especial. Permite concentrar el debate en los hechos realmente controvertidos.
Ejemplo
Acusación y defensa suscribieron una convención probatoria sobre la preexistencia del bien y su valor, de modo que el juicio por hurto se centró solo en la identidad del autor.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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