Arbitrabilidad
También: Materia arbitrable · Arbitrabilidad objetiva
Aptitud de una controversia para ser sometida a arbitraje. En el Perú son arbitrables las controversias sobre materias de libre disposición conforme a derecho, así como aquellas que la ley o los tratados autoricen, incluyendo las controversias derivadas de contratos con el Estado; quedan excluidas las relativas a materias indisponibles, como el estado civil, la responsabilidad penal o los derechos fundamentales irrenunciables. Se distingue la arbitrabilidad objetiva (por la materia) de la subjetiva (por la capacidad de las partes para comprometer), y su ausencia constituye causal de anulación del laudo y de denegación de reconocimiento de laudos extranjeros.
Ejemplo
El tribunal arbitral se declaró incompetente respecto de la pretensión de filiación planteada en el arbitraje sucesorio, por tratarse de una materia no arbitrable.
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