Artículo 171
Presunción de la calidad de los informes
171.1 Los informes administrativos pueden ser obligatorios o facultativos y vinculantes o no vinculantes.
171.2 Los dictámenes e informes se presumirán facultativos y no vinculantes, con las excepciones de ley.
Historial y notas
1 nota
- Texto según el artículo 171 de la Ley Nº 27444