NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 171

Presunción de la calidad de los informes

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171.1 Los informes administrativos pueden ser obligatorios o facultativos y vinculantes o no vinculantes.

171.2 Los dictámenes e informes se presumirán facultativos y no vinculantes, con las excepciones de ley.

Historial y notas

1 nota
  • Texto según el artículo 171 de la Ley Nº 27444