NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 165

Hechos no sujetos a actuación probatoria

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No será actuada prueba respecto a hechos públicos o notorios, respecto a hechos alegados por las partes cuya prueba consta en los archivos de la entidad, sobre los que se haya comprobado con ocasión del ejercicio de sus funciones, o sujetos a la presunción de veracidad, sin perjuicio de su fiscalización posterior.

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1 nota
  • Texto según el artículo 165 de la Ley Nº 27444