NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 32

Responsabilidad del nuevo socio

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Quien adquiere una acción o participación en una sociedad existente responde, de acuerdo a la forma societaria respectiva, por todas las obligaciones sociales contraídas por la sociedad con anterioridad.

Ningún pacto en contrario tiene efectos frente a terceros.

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