NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 113

Entrega de las mercancías y traslado de la responsabilidad

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La compañía transportista o su representante entrega las mercancías en el punto de llegada sin obligatoriedad de su traslado temporal a otros recintos que no sean considerados punto de llegada.

La responsabilidad aduanera del transportista cesa con la entrega de las mercancías al dueño o consignatario en el punto de llegada.