Artículo 707
Mandato Ejecutivo
El mandato ejecutivo contiene la intimación al ejecutado para que cumpla con la prestación dentro del plazo fijado por el Juez, atendiendo a la naturaleza de la obligación, bajo apercibimiento de ser realizada por el tercero que el Juez determine, si así fue demandada.
En caso de incumplimiento, se hará efectivo el apercibimiento.