NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 154-A

Tráfico ilegal de datos personales

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Artículo incorporado

Lo añadió el Artículo 5 de la Ley N° 30171 publicada el 10 marzo 2014.

El que ilegítimamente comercializa o vende información no pública relativa a cualquier ámbito de la esfera personal, familiar, patrimonial, laboral, financiera u otro de naturaleza análoga sobre una persona natural, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años.

Si el agente comete el delito como integrante de una organización criminal, la pena se incrementa hasta en un tercio por encima del máximo legal previsto en el párrafo anterior."

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  • Artículo incorporado por el Artículo 5 de la Ley N° 30171 publicada el 10 marzo 2014.

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